08/07/2015
La vida militar, con sus exigencias físicas y mentales únicas, requiere que sus miembros mantengan una condición psicofísica óptima. Para garantizar la seguridad y eficiencia de las operaciones, las Fuerzas Armadas implementan rigurosos sistemas de evaluación de la aptitud de su personal. Sin embargo, en ocasiones, los militares pueden experimentar una disminución de estas capacidades, lo que da lugar a un proceso conocido como expediente de pérdida de aptitudes psicofísicas. Este procedimiento, aunque común, suele generar incertidumbre y desasosiego entre quienes lo atraviesan. Este artículo profundiza en qué consisten estas evaluaciones, cuáles son las áreas más comúnmente afectadas y cómo se gestiona este delicado proceso.

- ¿Qué es un Expediente de Pérdida de Aptitudes Psicofísicas?
- Evaluación de la Aptitud: El Sistema FISVAP
- Causas Comunes de Pérdida de Aptitudes Psicofísicas
- El Procedimiento del Expediente: Fases y Plazos
- Recursos y Posibilidades de Rehabilitación
- Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Puede una baja psicológica previa afectar una futura oposición al Cuerpo Nacional de Policía (CNP)?
- ¿Es cierto que muchos militares simulan bajas psicológicas para salir del Ejército?
- Si me declaran no apto, ¿pierdo mi pensión o derechos?
- ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse un expediente de aptitud psicofísica?
- ¿Es posible recurrir la decisión de un expediente de insuficiencia psicofísica?
¿Qué es un Expediente de Pérdida de Aptitudes Psicofísicas?
Un expediente de pérdida de aptitudes psicofísicas es un procedimiento administrativo mediante el cual las Fuerzas Armadas evalúan si un miembro ha dejado de cumplir con los requisitos físicos y psicológicos necesarios para desempeñar su trabajo. Este proceso puede iniciarse a raíz de reconocimientos médicos periódicos, pruebas psicológicas o físicas, o incluso por iniciativa del propio interesado o de su superior, si se detecta una posible insuficiencia.
El objetivo principal es determinar si la condición del militar impide o limita su capacidad para seguir prestando servicio. Es un procedimiento regulado por normativas específicas, como la Ley 39/2007, de la carrera militar, y el Real Decreto 944/2011, que aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas. Este expediente busca proteger tanto al individuo como a la institución, asegurando que las funciones críticas sean desempeñadas por personal con las capacidades adecuadas.

Evaluación de la Aptitud: El Sistema FISVAP
Para determinar la aptitud psicofísica, las Fuerzas Armadas utilizan un sistema de evaluación que desglosa las capacidades en varias áreas funcionales clave. Estas áreas se valoran individualmente mediante un coeficiente del 1 al 5, reflejando el grado de capacidad o limitación del militar. Este sistema es crucial para una valoración objetiva y estandarizada.
Las Áreas Funcionales del Sistema FISVAP:
El Reglamento establece seis áreas funcionales principales, cada una representada por una letra:
- F: Capacidad Física General: Evalúa las condiciones y enfermedades generales, incluyendo afecciones de la piel, tejido celular subcutáneo, aparatos respiratorio, digestivo, circulatorio, urogenital, trastornos metabólicos y de la nutrición, así como enfermedades de la sangre y órganos hematopoyéticos. También abarca tumores e inmunodeficiencias.
- I: Cintura Pelviana y Miembros Inferiores: Se centra en la fuerza, capacidad de movimiento y eficiencia general de la cintura pelviana, piernas y pies, incluyendo el sistema nervioso lumbosacro.
- S: Cintura Escapular y Miembros Superiores: Evalúa la fuerza, capacidad de movimiento y eficiencia general de la cintura escapular, brazos y manos, incluyendo el sistema nervioso cervical, torácico y lumbar superior.
- V: Visión y Oftalmología en General: Comprende la agudeza visual, defectos de refracción (miopía, hipermetropía, astigmatismo), visión cromática, campo visual, ceguera nocturna y enfermedades o trastornos de los ojos y sus anejos.
- A: Audición y Otorrinolaringología en General: Evalúa la agudeza acústica y enfermedades o defectos de los oídos, nariz y garganta.
- P: Psiquiatría: Analiza la personalidad, estabilidad emocional y la presencia de enfermedades o trastornos psiquiátricos y del comportamiento. Esta área es particularmente sensible, ya que abarca desde trastornos de ansiedad hasta condiciones más complejas que pueden impactar significativamente la capacidad para el servicio.
Entendiendo los Coeficientes de Aptitud:
Cada área funcional se valora con un coeficiente del 1 al 5, donde 1 representa la máxima aptitud y 5 la mayor restricción. Además, existen coeficientes temporales para situaciones de mejora previsible.
| Coeficiente | Significado | Implicación |
|---|---|---|
| 1 | Capacidad muy elevada | Apto para cualquier destino, incluso los más exigentes. |
| 2 | Capacidad habitual | Apropiado para la mayoría de destinos, excepto los de muy alta exigencia. |
| 3 | Nivel físico o psíquico aceptable | Puede tener algún defecto que no limita capacidad operativa, salvo prestaciones elevadas. |
| 4 | Restricciones significativas | Condiciones médicas o defectos que imponen restricciones en la asignación de destinos (ej. manejo de armas, mando de unidades). Capaz de cumplir tareas apropiadas a su capacidad funcional. |
| 5 | Gran restricción | Enfermedad o defecto incompatible con actividades exclusivas de las Fuerzas Armadas, aunque podría ser compatible con actividades comunes al ámbito civil. |
| 3T/4T | Temporal (Mejoría previsible) | Afección susceptible de curarse o mejorar, o falta de certeza sobre su gravedad. Restricción temporal, compatible con actividad. |
| 5T | Temporal (Disminución de capacidad funcional) | Enfermedad o limitación que temporalmente provocaría una gran disminución de la capacidad funcional. |
Causas Comunes de Pérdida de Aptitudes Psicofísicas
Las afecciones que pueden llevar a la apertura de un expediente son variadas y abarcan un amplio espectro de la salud. Si bien el reglamento detalla cientos de patologías, algunas de las más frecuentes o relevantes en el contexto militar incluyen:
- Problemas Psicológicos: Como se mencionó en el caso de un ex-militar, las bajas psicológicas son una causa significativa. Aunque es crucial diferenciar entre una condición real y el deseo de abandonar la institución, el proceso de evaluación psiquiátrica (área P) es riguroso e incluye test de personalidad y valoraciones por coroneles psicólogos para determinar la verdadera aptitud. Un diagnóstico de "APTO SIN LIMITACIONES" tras una baja psicológica, como el del caso planteado, demuestra que no toda baja de este tipo resulta en una inaptitud permanente, permitiendo al individuo continuar o finalizar su compromiso sin impedimentos.
- Deficiencias Visuales: Miopías, hipermetropías y astigmatismos que superen ciertos umbrales, o enfermedades oculares crónicas, pueden ser motivo de limitación (área V).
- Afecciones Musculoesqueléticas: Lesiones crónicas de espalda (lumbalgias), rodillas, hombros o extremidades (áreas F, I, S), secuelas de fracturas, artrosis, o limitaciones de movimiento que impidan el desempeño físico exigido.
- Enfermedades Crónicas: Patologías como la diabetes, hipertensión arterial no controlada, enfermedades autoinmunes, o afecciones cardíacas, que pueden impactar la capacidad física general (área F).
- Pérdida de Audición: Deficiencias auditivas significativas (área A) que puedan comprometer la comunicación o la percepción de órdenes en entornos operativos.
Es importante destacar que el diagnóstico de una enfermedad no es el único criterio de valoración; lo que realmente se evalúa es la discapacidad funcional que esa enfermedad o condición produce en relación con las exigencias del puesto militar.

El Procedimiento del Expediente: Fases y Plazos
El expediente de evaluación extraordinaria para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas consta de dos fases principales:
Fase de Instrucción:
Se inicia con una orden de incoación que designa a un instructor y a la Junta Médico-Pericial. Esta junta es la encargada de realizar los reconocimientos médicos y psicológicos necesarios. Recopila informes, practica diligencias para determinar las causas de la incapacidad y su posible relación con el servicio, y emite un dictamen sobre la capacidad física y psíquica del militar. El interesado tiene derecho a alegar y aportar documentos durante esta fase.
Fase de Resolución:
Una vez completada la instrucción, el expediente se eleva al Subsecretario de Defensa o al Jefe del Estado Mayor del Ejército respectivo, quienes proponen al Ministro de Defensa la resolución final. Esta resolución puede determinar:
- Limitación para ocupar determinados destinos: Si el militar, aunque apto para el servicio, tiene restricciones para ciertas funciones. Esto se aplica a militares de carrera y profesionales de tropa y marinería con relación permanente.
- Pase a retiro: Si la insuficiencia impide al militar seguir prestando servicios. Esto implica que el militar deja el Ejército y pasa a una situación de incapacitado hasta su jubilación, percibiendo una pensión. Se aplica a militares de carrera, de complemento y profesionales de tropa y marinería.
- Resolución del compromiso: Si la insuficiencia impide al militar temporal seguir prestando servicios. Esta opción se aplica a militares de tropa y marinería con relación temporal y a los de complemento.
El plazo máximo para resolver y notificar el expediente es de seis meses. La falta de resolución expresa en este plazo se considera desestimatoria.
Recursos y Posibilidades de Rehabilitación
Si el militar no está de acuerdo con la resolución final del expediente, tiene derecho a interponer recursos. La resolución del Ministro de Defensa pone fin a la vía administrativa, lo que abre la puerta a:
- Recurso de reposición: Es potestativo (opcional) y se interpone ante el propio Ministro de Defensa en el plazo de un mes.
- Recurso contencioso-administrativo: Se presenta ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en un plazo de dos meses desde la notificación de la resolución o desde la desestimación del recurso de reposición.
En casos de desestimación del recurso contencioso-administrativo, aún cabe la posibilidad de un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Además, el sistema contempla la posibilidad de rehabilitación para aquellos militares que, habiendo sido limitados o pasados a retiro, experimenten una mejoría de su salud que haga desaparecer la incapacidad. Generalmente, deben transcurrir al menos dos años desde la resolución, salvo excepciones como error de diagnóstico o cambios sustanciales en las condiciones que motivaron la inaptitud.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Puede una baja psicológica previa afectar una futura oposición al Cuerpo Nacional de Policía (CNP)?
La información sobre expedientes laborales militares es, en principio, de carácter reservado y no de acceso directo para otras instituciones como el CNP. Si tu expediente de aptitud psicofísica se resolvió como APTO SIN LIMITACIONES, esto significa que, oficialmente, no tienes ninguna restricción. No obstante, en entrevistas personales para oposiciones, siempre existe la posibilidad de que se exploren periodos de baja prolongada. Lo crucial es la resolución final de tu expediente, que es tu respaldo oficial de aptitud.

¿Es cierto que muchos militares simulan bajas psicológicas para salir del Ejército?
En foros y conversaciones informales, a veces se comenta que un alto porcentaje de bajas psicológicas se deben al deseo de abandonar la institución. Sin embargo, es fundamental entender que las evaluaciones psicofísicas militares son procesos formales y rigurosos. Una baja psicológica implica una valoración por profesionales de Sanidad Militar, incluyendo psicólogos y psiquiatras, que determinan si existe una condición real que justifique la inaptitud. El sistema está diseñado para identificar y diferenciar las situaciones, y la resolución final se basa en criterios objetivos y profesionales.
Si me declaran no apto, ¿pierdo mi pensión o derechos?
No necesariamente. La resolución del expediente puede derivar en un pase a retiro, lo que conlleva el reconocimiento de una pensión, cuya cuantía dependerá de los años cotizados y del tipo de incapacidad. En el caso de militares de tropa y marinería con compromiso temporal, la resolución de su compromiso puede implicar una indemnización. Es crucial asesorarse legalmente para conocer los derechos pasivos específicos en cada situación.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse un expediente de aptitud psicofísica?
El plazo máximo establecido por la normativa para resolver el expediente y notificar la resolución al interesado es de seis meses. Este plazo puede suspenderse en determinadas circunstancias, como la necesidad de informes técnicos adicionales.

¿Es posible recurrir la decisión de un expediente de insuficiencia psicofísica?
Sí, la decisión final del Ministro de Defensa puede ser recurrida. Primero, se puede interponer un recurso de reposición (opcional) ante el mismo órgano que dictó la resolución. Si este es desestimado o no se resuelve, o si se opta por la vía directa, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo. Es altamente recomendable contar con asesoramiento legal especializado en Derecho Militar para estos procesos.
En resumen, los expedientes de pérdida de aptitudes psicofísicas son un componente esencial de la gestión de personal en las Fuerzas Armadas, diseñados para mantener la integridad y operatividad de la institución, al tiempo que se valoran las circunstancias individuales de sus miembros. Comprender este proceso es vital para cualquier militar o aspirante, asegurando que se navegue por él con la información y el apoyo necesarios.
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