Acciones Meramente Declarativas: La Búsqueda de Certeza Jurídica

01/06/2016

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En el vasto universo del derecho civil, las interacciones y relaciones entre individuos y entidades generan constantemente situaciones que requieren de una clarificación legal. Las acciones civiles, también conocidas como pretensiones, son los mecanismos que los ciudadanos tienen a su disposición para buscar una resolución judicial ante un conflicto o una incertidumbre. Estas acciones pueden perseguir diversos fines, desde el reconocimiento de un derecho que ha sido vulnerado hasta la modificación de una situación jurídica preexistente. Dentro de esta categorización general, el sistema legal distingue entre acciones de conocimiento, ejecutivas y cautelares, cada una con un propósito y un procedimiento específico.

¿Cuáles son las acciones meramente declarativas?
Son ejemplos de acciones meramente declarativas, la de reclamación de filiación, el pago por consignación, el reconocimiento de un documento como auténtico, la falsedad de un instrumento público, o la declaración de que alguien es dueño en virtud de una prescripción adquisitiva.

Las acciones de conocimiento son aquellas que exigen al juez un examen profundo de los hechos y el derecho aplicable antes de emitir un pronunciamiento. Es el magistrado quien, tras haber adquirido pleno conocimiento del caso, debe decidir sobre la controversia o la incertidumbre planteada. Dentro de esta categoría de acciones de conocimiento, encontramos subtipos que se diferencian por el objetivo final que persigue el demandante. Entre ellas, destacan las acciones de condena, las acciones meramente declarativas y las acciones constitutivas, cada una con características únicas que las hacen idóneas para distintos escenarios legales.

Índice de Contenido

Acciones de Condena: La Búsqueda de una Prestación

Las acciones de condena representan la pretensión más común en el ámbito judicial. Cuando un actor interpone una acción de condena, su objetivo principal es lograr que el demandado sea obligado a realizar una `prestación` específica. Esta prestación puede ser de diversas naturalezas: dar algo (como una suma de dinero), hacer algo (como cumplir con un contrato) o no hacer algo (como abstenerse de una conducta perjudicial). La sentencia que resulta de una acción de condena es, precisamente, una sentencia condenatoria. Esta sentencia no solo declara la existencia de un derecho o una obligación, sino que también establece de manera imperativa lo que el demandado debe cumplir. Lo más significativo de una sentencia condenatoria es que habilita al actor, en caso de incumplimiento, a perseguir la ejecución forzosa de lo resuelto por la vía ejecutiva. Es decir, la sentencia condenatoria es un medio para un fin ulterior: la obtención efectiva de la prestación.

Acciones Meramente Declarativas: La Búsqueda de la Certeza Jurídica

A diferencia de las acciones de condena, las acciones meramente declarativas poseen una naturaleza y un propósito distintos. Aunque también forman parte de las acciones de conocimiento y requieren que el juez se pronuncie sobre la existencia, el alcance o la modalidad de una `relación jurídica`, su finalidad no es obtener el cumplimiento de una prestación por parte del demandado. En su lugar, lo que se persigue es el dictado de una sentencia meramente declarativa que otorgue `certeza jurídica` a una situación que, hasta ese momento, era incierta o controvertida.

En este tipo de acciones, la sentencia no es un escalón previo para una futura ejecución, sino que es un `fin en sí misma`. El objetivo del accionante es que, una vez probados los hechos ante el tribunal, su relación jurídica sea reconocida como cierta, válida o inexistente, según sea el caso. La sentencia, por lo tanto, no ordena una acción o abstención al demandado, sino que simplemente declara una verdad jurídica. Esta declaración es invaluable para disipar dudas, prevenir futuros conflictos o consolidar una situación legal que carecía de un respaldo formal.

Ejemplos Emblemáticos de Acciones Meramente Declarativas

La importancia de las acciones meramente declarativas se evidencia en la diversidad de situaciones que pueden resolver. A continuación, exploramos algunos de los ejemplos más comunes:

  • Reclamación de Filiación: Una de las aplicaciones más significativas de una acción meramente declarativa es la de reclamación de filiación. En este caso, la incertidumbre recae sobre el vínculo parental entre dos personas (por ejemplo, entre un hijo y su presunto padre). La acción busca que un juez declare judicialmente la existencia o inexistencia de ese vínculo, estableciendo así la verdad biológica y legal. La sentencia no ordena al padre a "hacer" algo en el sentido de una prestación, sino que declara su calidad de progenitor, con todas las implicaciones legales que de ello derivan (apellidos, herencia, derechos y deberes).
  • Pago por Consignación: Cuando un deudor desea cumplir con su obligación de pago, pero el acreedor se niega a recibirlo, es desconocido, o existen dudas sobre quién es el legítimo acreedor, el deudor puede recurrir al pago por consignación. Esta acción declarativa busca que el juez declare que el pago ha sido válidamente realizado, liberando así al deudor de su obligación. La sentencia no condena al acreedor a recibir el pago, sino que declara que el deudor ha cumplido y, por tanto, queda liberado.
  • Reconocimiento de un Documento como Auténtico: En ocasiones, la validez o autenticidad de un documento privado puede ser puesta en duda. Una acción declarativa puede ser interpuesta para que un tribunal declare que un determinado documento es auténtico y, por ende, plenamente válido a efectos legales. Esto es crucial, por ejemplo, en contratos privados o testamentos ológrafos, donde la certeza sobre su origen es fundamental.
  • Falsedad de un Instrumento Público: Por el contrario, si existe la sospecha de que un instrumento público (como una escritura notarial o un acta registral) es falso o ha sido alterado, se puede iniciar una acción declarativa de falsedad. El objetivo es que el juez declare la inautenticidad o falsedad del documento, invalidando sus efectos legales.
  • Declaración de Dueño por Prescripción Adquisitiva (Usucapión): La prescripción adquisitiva, o usucapión, es el modo de adquirir la propiedad de un bien por la posesión continuada y pública durante un tiempo determinado por la ley. Aunque la posesión es un hecho, para que la propiedad sea plenamente reconocida y oponible a terceros, es necesario que un juez declare que el poseedor se ha convertido en dueño por prescripción. La sentencia no "otorga" la propiedad, sino que declara que la propiedad ya ha sido adquirida por el transcurso del tiempo y el cumplimiento de los requisitos legales.

Acciones Constitutivas: La Creación de un Nuevo Estado Jurídico

Dentro de las acciones declarativas o de conocimiento, también se incluyen las acciones constitutivas. Estas pretenden un cambio en una relación jurídica preexistente, buscando que se constituya una situación nueva una vez que se dicte la sentencia. Al igual que en las acciones meramente declarativas, en las constitutivas también se da una declaración de certeza sobre una relación jurídica. Sin embargo, la particularidad de las acciones constitutivas es que, con la sentencia, nace un `estado nuevo`, una realidad jurídica diferente a la que existía antes del proceso.

¿Cuáles son las acciones meramente declarativas?
Son ejemplos de acciones meramente declarativas, la de reclamación de filiación, el pago por consignación, el reconocimiento de un documento como auténtico, la falsedad de un instrumento público, o la declaración de que alguien es dueño en virtud de una prescripción adquisitiva.

El ejemplo paradigmático de una acción constitutiva es la que pretende un divorcio. Antes de la sentencia, los cónyuges se encuentran en el estado civil de casados, con todos los derechos y obligaciones que ello implica. Con la sentencia de divorcio, se produce una modificación radical de esa relación jurídica: los cónyuges dejarán de estar casados para pasar al estado civil de divorciados. La sentencia, en este caso, no solo declara la imposibilidad de continuar con el matrimonio, sino que crea activamente un nuevo estado civil con todas sus consecuencias legales.

Tabla Comparativa de Acciones Civiles de Conocimiento

Tipo de AcciónObjetivo PrincipalResultado de la Sentencia¿Implica Ejecución Posterior?
Acción de CondenaObtener el cumplimiento de una prestación (dar, hacer, no hacer).Sentencia condenatoria que ordena una obligación.Sí, la sentencia es título para la ejecución forzosa.
Acción Meramente DeclarativaObtener certeza jurídica sobre una relación incierta.Sentencia declarativa que reconoce o niega una situación jurídica.No, la sentencia es un fin en sí misma; no ordena una prestación.
Acción ConstitutivaCrear, modificar o extinguir una relación o estado jurídico.Sentencia constitutiva que genera un nuevo estado jurídico.No directamente; la ejecución es inherente a la constitución del nuevo estado.

La Importancia Fundamental de la Certeza Jurídica

La existencia de las acciones meramente declarativas y constitutivas subraya un principio fundamental del derecho: la necesidad de la `certeza jurídica`. En una sociedad compleja, es vital que las relaciones, los derechos y las obligaciones estén claros y sean inobjetables. La incertidumbre puede paralizar las interacciones, generar conflictos interminables y socavar la confianza en el sistema legal.

Estas acciones proporcionan un mecanismo esencial para disipar esas nubes de duda. Permiten a los individuos y a las entidades obtener un pronunciamiento oficial y vinculante sobre su situación legal, lo que les brinda seguridad para planificar su futuro, realizar transacciones o simplemente vivir con la tranquilidad de que su estatus jurídico es reconocido y protegido por la ley. Sin ellas, muchas situaciones quedarían en un limbo legal, con potenciales disputas que podrían no tener una vía clara de resolución.

¿Qué no son las Acciones Meramente Declarativas? La Distinción con el Procedimiento de Ejecución

Es crucial comprender que, si bien las acciones meramente declarativas buscan una verdad jurídica, no persiguen el cumplimiento coercitivo de una obligación. Esto es una diferencia fundamental con las acciones de condena, que sí dan lugar a un procedimiento de ejecución. El procedimiento de ejecución se activa cuando una sentencia condenatoria no es cumplida voluntariamente por el demandado. Una vez iniciada la ejecución, el procedimiento se tramita "de oficio", lo que significa que el tribunal impulsa el proceso incluso sin la participación activa y constante del ejecutante (art. 239.3 LRJS, en el ámbito laboral, un principio general en la ejecución). Además, en esta fase, la transacción o acuerdo entre las partes está muy limitada (Cfr. 246 LRJS). Es importante reiterar que este procedimiento de ejecución es ajeno a la naturaleza y al objetivo de las acciones meramente declarativas, cuya sentencia es, como se ha dicho, un fin en sí misma y no un título para exigir una prestación.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Cuál es la diferencia fundamental entre una acción declarativa y una de condena?

La diferencia radica en su objetivo final. Una acción de condena busca que el juez ordene una `prestación` (un dar, hacer o no hacer) por parte del demandado, siendo la sentencia un título para una futura ejecución. Una acción meramente declarativa, en cambio, solo busca que el juez declare la existencia o inexistencia de una `relación jurídica` incierta, sin ordenar ninguna prestación ni dar lugar a ejecución.

¿Cómo se tramita el procedimiento de ejecución?
Una vez iniciada la ejecución el procedimiento se tramita “de oficio”, aún sin la participación del ejecutante (art. 239.3 LRJS) y la transacción está muy limitada (Cfr. 246 LRJS).

¿Una sentencia meramente declarativa puede dar lugar a una ejecución forzosa?

No. Por su propia naturaleza, una sentencia meramente declarativa no ordena ninguna prestación ni obligación de hacer, dar o no hacer. Su único efecto es otorgar `certeza jurídica` a una situación. Por lo tanto, no puede ser objeto de ejecución forzosa, ya que no hay nada que "ejecutar" en el sentido de obligar a una parte a cumplir una acción.

¿Por qué es importante buscar la certeza jurídica a través de estas acciones?

La `certeza jurídica` es crucial para la estabilidad de las relaciones sociales y económicas. Permite a las personas conocer con exactitud sus derechos y obligaciones, previene futuros conflictos y facilita la planificación. Sin la posibilidad de obtener una declaración judicial sobre situaciones inciertas, muchas relaciones jurídicas quedarían en un limbo, generando inseguridad y desconfianza.

¿Las acciones constitutivas son un tipo de acción declarativa?

Sí, las acciones constitutivas se consideran un subtipo dentro de las acciones de conocimiento o declarativas. Aunque también declaran una verdad jurídica, su particularidad es que la sentencia que las resuelve no solo declara, sino que también crea un `estado nuevo` o modifica una relación jurídica preexistente, como ocurre en el caso del divorcio.

¿En qué se diferencian las acciones declarativas de las cautelares?

Las acciones declarativas (de conocimiento) buscan resolver el fondo de una controversia o incertidumbre jurídica. Las acciones cautelares, en cambio, no resuelven el fondo, sino que buscan asegurar el cumplimiento de una futura sentencia o evitar un daño irreparable mientras se tramita el proceso principal. Son medidas provisionales y accesorias a una acción principal, mientras que las declarativas son acciones principales en sí mismas.

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