¿Qué tipo de acciones se pueden emitir?

Acciones Mercantiles: La Clave del Capital Empresarial

29/10/2016

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En el vasto universo de los negocios y las finanzas, pocos conceptos son tan fundamentales y a la vez tan mal comprendidos como el de las acciones mercantiles. Si alguna vez te has preguntado cómo las grandes corporaciones se financian, cómo los individuos pueden convertirse en propietarios de una parte de ellas, o simplemente qué significa ser un "accionista", estás en el lugar correcto. Imagina una empresa como un gran pastel; cada acción representa un pedazo de ese pastel, y poseer una significa que eres dueño de una porción de la compañía. Lejos de ser un simple papel, las acciones son el motor que impulsa el crecimiento empresarial y la participación de los inversores en el éxito colectivo. Profundicemos en este concepto esencial que define gran parte del dinamismo económico actual.

¿Qué son las acciones mercantiles?
La Ley de Sociedades de Capital establece que las acciones mercantiles son bienes muebles y pueden ser emitidas nominativas o al portador. Estas son las partes iguales en las que se dividen el capital de una sociedad. Podemos ayudarte. En Ródenas Abogados somos abogados especialistas en derecho mercantil.
Índice de Contenido

¿Qué son las Acciones Mercantiles? Un Vistazo Profundo al Corazón de las Empresas

Las acciones mercantiles son, en esencia, las partes iguales en las que se divide el capital social de una sociedad. Cada una de estas partes le confiere a su titular la condición de socio, otorgándole derechos económicos y políticos inherentes a dicha participación. La Ley de Sociedades de Capital las define como bienes muebles, lo que significa que pueden ser objeto de compraventa y transmisión a terceros, facilitando así la movilidad del capital y la inversión. Son, por lo tanto, el pilar fundamental sobre el que se asientan las grandes empresas y sociedades anónimas, permitiendo la confluencia de múltiples inversionistas para emprender proyectos de gran envergadura.

Definición y Naturaleza Jurídica

Una acción es un título valor, lo que implica que no solo representa una fracción del capital de una empresa, sino que también es un instrumento negociable en el mercado. Su posesión acredita la propiedad de una porción de la sociedad, y con ello, la posibilidad de ejercer una serie de derechos y, por supuesto, de asumir ciertas obligaciones. Es crucial entender que, aunque representan una parte del capital, las acciones son bienes autónomos y pueden ser objeto de diversos actos jurídicos como venta, permuta, donación o incluso usufructo. Esta naturaleza jurídica les otorga una gran flexibilidad y dinamismo en el entorno empresarial.

¿Por Qué Son Tan Importantes las Acciones?

La relevancia de las acciones es doble, impactando tanto a las empresas emisoras como a los inversionistas:

  • Para las Empresas: Son una herramienta vital para la captación de fondos. Permiten a las sociedades obtener financiamiento sin recurrir a deuda, vendiendo participaciones de su capital a cambio de inversión. Esto les proporciona liquidez para expandirse, innovar o cubrir gastos operativos, diversificando sus fuentes de capital y fortaleciendo su estructura financiera. Además, la posibilidad de emitir acciones facilita la entrada de nuevos socios y la expansión de la base de capital social.
  • Para los Inversionistas: Ofrecen la oportunidad de participar en el crecimiento y las ganancias de una compañía sin necesidad de involucrarse directamente en su gestión diaria. Permiten diversificar carteras de inversión y, en muchos casos, obtener rendimientos a través de dividendos o la apreciación del valor de la acción en el mercado. Además, la limitación de responsabilidad hasta el monto invertido las convierte en un instrumento atractivo y con riesgo controlado, incentivando la inversión en el sector productivo.

La Anatomía de una Acción: Características Esenciales

Cada acción, independientemente de su tipo, comparte ciertas características fundamentales que la definen y la diferencian de otros instrumentos financieros:

  • Título Valor: Como mencionamos, son documentos que representan derechos económicos y políticos, y pueden ser comprados y vendidos en el mercado. Esta característica les confiere liquidez y movilidad.
  • Fracción del Capital Social: Indican la porción de propiedad que el accionista tiene en la empresa. La suma de todas las acciones representa el capital total de la sociedad.
  • Acumulables: Una misma persona puede ser titular de más de una acción, lo que le permitirá tener un mayor dominio y control en la sociedad y disfrutar con mayor intensidad de los derechos que la acción le confiere, en la medida que sea mayor el número de las acciones que posea.
  • Indivisibles: Aunque un grupo de personas pueda ser copropietario de una acción, esta no se divide físicamente. En caso de copropiedad, se debe designar a un representante para ejercer los derechos asociados a esa acción, asegurando la unidad en la toma de decisiones.
  • Iguales por Clase o Serie: Las acciones pueden pertenecer a una misma o distinta serie o clase. Las acciones de una misma serie tienen igual valor nominal, mientras que las de una misma clase otorgan el mismo conjunto de derechos. Esta clasificación permite una estructura flexible del capital.
  • Valor Nominal y Valor Real: Poseen un valor nominal, que es el valor asignado a la acción en los estatutos o al momento de la emisión. Sin embargo, en el curso de la vida social, adoptan también un valor real o de mercado, que puede ser mayor o menor que el valor nominal, y que se vincula al mayor o menor valor adquirido por el patrimonio social y, más en general, al desarrollo económico y las expectativas de la Sociedad.

Tipos de Acciones Mercantiles: Un Mundo de Posibilidades

El mundo de las acciones es diverso, con diferentes categorías que se adaptan a distintas necesidades y objetivos, tanto de la sociedad como de los inversores. No todas las acciones confieren los mismos derechos, y su clasificación puede variar según el criterio que se utilice, lo que da lugar a una rica variedad de instrumentos de inversión.

¿Qué debe hacer el accionista para ejercer los derechos?
Sin embargo, para que la Sociedad pueda permitirle al accionista ejercer los derechos, es imprescindible que el accionista no esté en mora de pagar las cuotas de las acciones que haya suscrito.

Según su Valor

  • Acciones con Valor Nominal: Este es el valor fijo que se le asigna a cada acción al momento de su creación, y que queda establecido en los estatutos de la sociedad. El pago inicial que realiza el accionista se hace de acuerdo a este valor nominal. Es una cifra de referencia contable y legal.
  • Acciones con Valor Contable: Su precio se determina mediante una fórmula matemática aplicada por el contable de la empresa. Esta fórmula toma en consideración el patrimonio neto de la sociedad, así como sus activos y pasivos totales, para calcular las ganancias netas. Una vez obtenidas, se dividen por el número de acciones emitidas, resultando en el valor contable de cada acción. Refleja el valor de la empresa según sus libros.
  • Acciones con Valor de Mercado: A diferencia de las demás, su valor no es fijo ni contable, sino que depende directamente del posicionamiento de la empresa en el sector, su desempeño financiero, las expectativas de los inversores y otros factores inherentes al mercado de valores. Este es el precio al que se compran y venden las acciones en una bolsa, y puede fluctuar drásticamente en un corto período de tiempo.

Según los Derechos que Otorgan

Esta es quizás la clasificación más importante, ya que define el poder y los beneficios que un accionista puede esperar:

  • Acciones Ordinarias: Son el tipo más común y representan la participación básica en la sociedad. Confieren los derechos fundamentales: a votar y participar en las asambleas generales de accionistas, a participar en las utilidades (dividendos) y en el patrimonio resultante de la liquidación, y a la suscripción preferente en nuevas emisiones de acciones. Su precio en el mercado varía y son el principal instrumento para obtener financiación y cotizar en bolsa.
  • Acciones Privilegiadas o Preferentes: Otorgan beneficios económicos adicionales respecto a las acciones ordinarias, como prioridad en el pago de dividendos (a menudo con una tasa fija o acumulable por un período, por ejemplo, hasta cinco años) o preferencia en el reembolso del capital en caso de liquidación. A cambio de este privilegio económico, suelen limitar o incluso suprimir el derecho a voto en las asambleas generales, salvo en situaciones específicas que afecten directamente sus condiciones o si el dividendo está en mora. A veces, incluyen un dividendo adicional llamado prioritario (entre 3% y 4%).
  • Acciones con Voto Múltiple: De acuerdo con los estatutos de la sociedad, estas acciones pueden autorizar a su titular a emitir varios votos por cada acción poseída en las decisiones de la asamblea. Esto otorga un mayor control político sobre la sociedad, incluso con una participación minoritaria en el capital. El pago de utilidades puede ligarse a la cantidad de votos que el accionista posea, según lo establezcan los estatutos.
  • Acciones sin Derecho a Voto (Acciones Preferentes y que No Tienen Derecho al Voto): Se ofrecen cuando la empresa requiere liquidez y proporciona beneficios especiales a los inversores, como un dividendo preferencial. Los accionistas no son reconocidos como propietarios con derecho a voto o a opinar en la gestión, y el pago de sus dividendos se realiza después de las acciones privilegiadas, estando sujetas a un orden de prelación de pagos. Estas acciones no pueden superar, en algunos casos, el 50% del capital estipulado para la sociedad.
  • Acciones de Goce o Industria: Son un tipo especial de acciones destinadas a compensar aportaciones no dinerarias, como servicios, trabajo, conocimientos tecnológicos, secretos industriales o asistencia técnica. A diferencia de las acciones de capital que exigen un aporte patrimonial, estas se basan en la actividad personal. Los titulares suelen tener voz en las juntas y participar en utilidades decretadas, pero no necesariamente el título de socio con voto, a menos que el aporte se pague completamente y se estipule así en los estatutos.
  • Acciones con Dividendo Fijo Anual: Poseen todos los derechos de una acción ordinaria, pero autorizan a su titular a recibir una cantidad fija anual sobre las utilidades al fin del ejercicio de la sociedad. El derecho al voto de este tipo de acciones dependerá de lo estipulado en los estatutos sociales.
  • Acciones de Pago: Su finalidad es remunerar a personas que brindan un servicio a la sociedad. Están reguladas por la legislación laboral debido a su naturaleza remunerativa. No son acciones suscritas en el sentido tradicional, ya que no implican un aporte de capital por parte del tenedor, sino que se originan como forma de compensación, sin otorgar preferencia sobre otros accionistas.

Según su Forma de Emisión y Transmisión

  • Acciones Nominativas: Emitidas a nombre de una persona específica, su transferencia requiere un endoso, la inscripción en el libro de socios de la sociedad y la entrega física del título. Esto permite un mayor control sobre quiénes son los accionistas y facilita el seguimiento de la titularidad.
  • Acciones al Portador: Su titularidad se presume con la simple posesión del documento. Se transmiten con la mera entrega, lo que las hace muy ágiles para el comercio. Sin embargo, debido a las regulaciones de transparencia y prevención de lavado de dinero, en muchas legislaciones (como la cubana desde 1959), su uso ha sido suprimido o fuertemente restringido, buscando mayor control sobre la identidad de los propietarios.

Según su Estado de Pago o Suscripción

  • Acciones Suscritas y No Liberadas: Son acciones que ya han sido emitidas por la sociedad y suscritas por los accionistas, quienes han adquirido una serie de obligaciones y derechos. Sin embargo, aún no han sido pagadas en su totalidad, aunque sí un porcentaje mínimo (por ejemplo, un tercio del valor). El accionista tiene un plazo para completar el pago, y mientras esté al día con las cuotas, puede ejercer los derechos inherentes a ellas.
  • Acciones Liberadas: Son aquellas acciones cuyo valor ha sido pagado en su totalidad por el accionista. Una vez liberadas, el accionista cumple con su obligación de aporte y tiene derecho a que se le entregue un título definitivo, ejerciendo plenamente todos sus derechos económicos y políticos.
  • Acciones en Reserva: Corresponden al capital autorizado de la sociedad que aún no ha sido suscrito. Son tan solo una "expectativa" o "posibilidad" para la sociedad de emitir más acciones en el futuro y así vincular a más accionistas o incrementar el aporte de los existentes. No existe una relación jurídica plena entre un accionista y la sociedad por estas acciones hasta que son efectivamente suscritas.

Derechos del Accionista: Tu Poder en la Sociedad

Ser accionista no es solo tener un título; es tener derechos y, por ende, poder. Estos derechos, que legitiman al accionista para cumplir con sus obligaciones y exigir sus prerrogativas, se dividen principalmente en económicos y políticos.

Derechos Económicos-Patrimoniales

  • Derecho a Participar en el Reparto de Ganancias (Dividendos): Es el derecho a recibir una parte proporcional de las utilidades que la sociedad decida repartir una vez concluido el ejercicio social. Este reparto depende de la existencia de beneficios y de la liquidez de la empresa. Una vez aprobado el reparto en Junta General, la sociedad se convierte en deudora de sus socios, y la distribución se hará en proporción al capital aportado.
  • Derecho a Participar en el Patrimonio Resultante de la Liquidación: En caso de que la sociedad se disuelva y liquide, el accionista tiene derecho a recibir una parte proporcional de los activos sociales restantes, una vez que se hayan pagado todas las deudas externas (pasivo externo). Este derecho está muy relacionado con la acumulación de reservas no distribuidas.
  • Derecho de Suscripción Preferente: Si la empresa decide realizar un aumento de capital social mediante la emisión de nuevas acciones, los accionistas existentes tienen prioridad para comprarlas antes que terceros. Esto busca proteger la proporción de participación de cada socio en el capital social y evitar la dilución de su poder y derechos. Es un derecho de opción que se respeta para mantener el equilibrio de propiedad.

Derechos Políticos

  • Derecho de Asistencia a Junta General y Derecho al Voto: Los accionistas tienen el derecho fundamental de asistir a las Asambleas Generales, que son el órgano donde se forma la voluntad de la sociedad y se toman las decisiones importantes (acuerdos sociales). El derecho al voto es el derecho político por excelencia, permitiendo al accionista influir en la dirección de la empresa, proporcionalmente a sus acciones.
  • Derecho de Información: Para poder ejercer un voto informado, los accionistas tienen derecho a solicitar y recibir información relevante sobre los asuntos comprendidos en el orden del día antes de la celebración de la Junta o verbalmente durante ella, así como el acceso a los libros de comercio para analizar los balances de finalización del ejercicio.
  • Derecho de Impugnación de Acuerdos Sociales: Si un accionista considera que un acuerdo adoptado en la junta es contrario a la ley, a los estatutos o lesiona sus intereses, los de terceros o los de la sociedad, tiene la posibilidad de impugnarlo legalmente. Este derecho es un mecanismo de control y protección.

Tabla Comparativa de Derechos Básicos por Tipo de Acción

Para entender mejor las diferencias clave, observemos esta tabla comparativa de los derechos más comunes:

CaracterísticaAcciones OrdinariasAcciones Privilegiadas/PreferentesAcciones con Voto Múltiple
Derecho a VotoSí, proporcional a la participaciónGeneralmente no, o limitado a situaciones específicasSí, con más de un voto por acción
Prioridad en DividendosNo, se paga junto con otras ordinariasSí, prioridad y/o dividendo fijo/acumulableNo hay prioridad inherente, depende de estatutos
Prioridad en LiquidaciónNoSí, prioridad en el reembolso del capitalNo
Participación en Ganancias ExcedentesDepende (acciones preferentes participantes)
Derecho de Suscripción PreferenteSí (generalmente)

El Ciclo de Vida de las Acciones: Emisión, Transferencia y Recompra

Las acciones no son estáticas; forman parte de un ciclo dinámico dentro del marco legal y financiero de una sociedad, lo que les confiere una gran versatilidad como instrumento de capitalización.

Requisitos para la Emisión de Acciones

La emisión de nuevas acciones debe cumplir con una serie de requisitos legales y estatutarios. Generalmente, implica la autorización de la asamblea general de accionistas, la inscripción en los registros mercantiles, el cumplimiento de normativas de transparencia y la definición clara del valor nominal, tipo y derechos asociados a las nuevas acciones. El capital social autorizado es el monto límite máximo de acciones que una empresa puede emitir sin necesidad de modificar su escritura de constitución, y el capital suscrito debe ser un porcentaje mínimo del autorizado al momento de la constitución.

Transferencia y Transmisión de Acciones

La transferencia de acciones es el acto voluntario mediante el cual un accionista cede la propiedad de sus acciones a otra persona, mientras que la transmisión puede ser por herencia o legado. En las empresas públicas, las acciones son libremente transferibles, lo que significa que el consejo de administración o cualquier funcionario superior no tiene la autoridad para rechazar o retener una transferencia sin una causa justificada. El procedimiento implica la ejecución de un instrumento de transferencia en la forma prescrita por el gobierno, la firma por cedente y cesionario, la entrega del certificado de acciones y el registro en los libros de la sociedad. Sin embargo, existen restricciones a la transferencia en ciertos casos, como acciones parcialmente pagadas a personas insolventes, o si la empresa tiene un derecho de retención sobre ellas por deudas del cedente. La transferencia debe efectuarse inmediatamente una vez notificada a la empresa.

¿Qué es una acción en Derecho mercantil?
¿Qué es una Acción en Derecho Mercantil? Imagina que una empresa es como un gran pastel. Cada acción representa un pedazo de ese pastel, y tener una significa que eres dueño de una parte de la compañía. En términos legales, una acción es un título que acredita la propiedad de una fracción del capital social de una sociedad anónima.

Recompra de Acciones (Buyback)

La recompra de acciones se refiere a la compra por parte de una empresa de sus propias acciones que ya estaban en circulación en el mercado. Esta estrategia puede tener varios objetivos:

  • Para aumentar la participación de los promotores: Al reducir el número total de acciones en circulación, la participación porcentual de los accionistas restantes (incluidos los promotores) aumenta.
  • Para incrementar las ganancias por acción (EPS): Con menos acciones en circulación, las ganancias netas de la empresa se dividen entre un número menor de acciones, lo que artificialmente eleva el EPS, un indicador clave para los inversores.
  • Para respaldar el valor de las acciones: Una recompra puede enviar una señal positiva al mercado, indicando que la gerencia considera que las acciones están infravaloradas, lo que puede impulsar su precio.
  • Para pagar el excedente: Si la empresa tiene exceso de liquidez y no encuentra proyectos de inversión rentables, la recompra es una forma de devolver capital a los accionistas.

La recompra se financia con reservas libres, cuentas premium de valores o productos de acciones especificadas, y está sujeta a condiciones y procedimientos legales estrictos, incluyendo la autorización de los estatutos y la aprobación de una resolución especial en la junta general. Además, existen límites sobre el porcentaje del capital que puede ser recomprado (por ejemplo, inferior al 25% del capital total desembolsado) y sobre la proporción de deudas de la empresa. El procedimiento suele implicar la publicación de un anuncio, la presentación de una carta de oferta a la SEBI (en el caso de India, como se menciona en el texto original) y a las bolsas de valores, y la apertura de una cuenta de depósito en garantía.

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Acciones Mercantiles

¿Cuál es la diferencia entre una acción y una participación social?

La principal diferencia radica en el tipo de sociedad. Las acciones son las partes en las que se divide el capital de una Sociedad Anónima (S.A.) o una Sociedad de Acciones Simplificadas (S.A.S.). Son títulos valores, generalmente más fácilmente transferibles y negociables en mercados. Las participaciones sociales, en cambio, son las partes en las que se divide el capital de una Sociedad Limitada (S.L.). No son títulos valores, su transmisión es más restringida (a menudo requiere la aprobación de los demás socios) y no se negocian en bolsa.

¿Puedo perder más dinero del que invertí en acciones?

No. Uno de los grandes beneficios y características de las sociedades anónimas es la limitación de responsabilidad. Esto significa que la responsabilidad del accionista está limitada al monto de su inversión inicial. Si la empresa enfrenta problemas financieros o quiebra, lo máximo que puedes perder es el capital que aportaste al comprar las acciones; tus bienes personales no están en riesgo. Esta limitación es un gran incentivo para la inversión.

¿Es lo mismo una acción ordinaria que una preferente?

No, no son lo mismo. Las acciones ordinarias otorgan los derechos básicos de un socio, incluyendo el derecho a voto y la participación en las ganancias de forma proporcional al capital aportado. Las acciones preferentes (o privilegiadas) suelen ofrecer ventajas económicas, como prioridad en el cobro de dividendos o en el reembolso de capital en caso de liquidación, a cambio de una limitación o supresión del derecho a voto. Son instrumentos diseñados para diferentes perfiles de inversores.

¿Qué son las acciones mercantiles?
La Ley de Sociedades de Capital establece que las acciones mercantiles son bienes muebles y pueden ser emitidas nominativas o al portador. Estas son las partes iguales en las que se dividen el capital de una sociedad. Podemos ayudarte. En Ródenas Abogados somos abogados especialistas en derecho mercantil.

¿Qué significa "capital social" en relación con las acciones?

El capital social es la suma total de los aportes realizados por los socios para constituir y operar la sociedad. Este capital se divide en acciones, y el valor nominal de cada acción contribuye a formar ese capital social. En otras palabras, cada acción representa una fracción de ese capital social. Es la base financiera de la empresa y sirve como garantía frente a terceros, así como para determinar la proporción de propiedad de cada socio.

¿Qué hago si la empresa no me paga los dividendos?

Si la empresa ha acordado el reparto de dividendos en la Junta General y no los paga, se convierte en deudora de sus accionistas. En este caso, el accionista puede reclamar el pago por las vías legales correspondientes, ya que el derecho a cobrar el dividendo se convierte en una obligación de la sociedad una vez que ha sido aprobado. Sin embargo, es importante recordar que el reparto de dividendos depende de la existencia de ganancias suficientes y de la decisión de la asamblea de distribuirlas, no es un derecho absoluto e incondicional en todo momento.

Conclusión

Las acciones mercantiles son mucho más que simples instrumentos financieros; son la arteria vital que conecta a los inversores con el pulso de las empresas. Entender su funcionamiento, sus diversos tipos y los derechos que otorgan es fundamental para cualquier persona interesada en el mundo de los negocios, ya sea como emprendedor, inversor o simplemente como ciudadano que busca comprender la economía. Permiten la fluidez del capital, la diversificación del riesgo y la participación en el éxito colectivo, haciendo de ellas una piedra angular del derecho mercantil moderno. Conocer estos conceptos te empodera para tomar decisiones financieras más informadas y participar activamente en el vasto y dinámico ecosistema empresarial, contribuyendo al crecimiento y la prosperidad económica.

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